El concepto de “acto de servicio” es una de las claves
para entender la severidad del régimen penal militar
en materia de alcohol y drogas.
La doctrina analizada muestra que no se trata
de un concepto limitado al momento exacto
en el que se ejecuta una orden.
Definición legal y alcance real
El Código Penal Militar define el acto de servicio de armas
como todo aquel que requiere el uso o manejo de armas,
incluyendo actos preparatorios
y actuaciones directamente relacionadas con su ejecución.
Esto amplía considerablemente el marco temporal relevante.
Consumo previo al servicio
Desde esta perspectiva,
el consumo de alcohol o drogas antes del servicio
puede adquirir relevancia penal
si afecta a la capacidad para prestarlo.
No es necesario que el consumo coincida cronológicamente
con la prestación del servicio;
basta con que comprometa sus condiciones.
Riesgo y prevención
Esta concepción responde a una lógica preventiva:
evitar que una merma psicofísica
se materialice en un riesgo real
cuando se manejan armas, vehículos o sistemas críticos.
Conclusión
En Derecho Penal Militar,
el servicio no empieza cuando se da la orden,
sino cuando se exige estar en condiciones de cumplirla.