El concepto de “acto de servicio” es una de las claves para entender la severidad del régimen penal militar en materia de alcohol y drogas.
La doctrina analizada muestra que no se trata de un concepto limitado al momento exacto en el que se ejecuta una orden.
Definición legal y alcance real
El Código Penal Militar define el acto de servicio de armas como todo aquel que requiere el uso o manejo de armas, incluyendo actos preparatorios y actuaciones directamente relacionadas con su ejecución.
Esto amplía considerablemente el marco temporal relevante.
Consumo previo al servicio
Desde esta perspectiva, el consumo de alcohol o drogas antes del servicio puede adquirir relevancia penal si afecta a la capacidad para prestarlo.
No es necesario que el consumo coincida cronológicamente con la prestación del servicio; basta con que comprometa sus condiciones.
Riesgo y prevención
Esta concepción responde a una lógica preventiva: evitar que una merma psicofísica se materialice en un riesgo real cuando se manejan armas, vehículos o sistemas críticos.
Conclusión
En Derecho Penal Militar, el servicio no empieza cuando se da la orden, sino cuando se exige estar en condiciones de cumplirla.


